Derogado. La Direccion de Probidad Administrativa sera un organismo de control, auxiliar del Poder Legislativo, que tendra dependencia funcional y administrativa. La ley regulara su organizacion, atribuciones y funcionamiento. Derogado por Decreto N 268 del 17 de enero del 2002 y publicado en el Diario Oficial la Gaceta N 29,691 de fecha 25 de enero del 2002. Ratificado por el Decreto2-2002 del 25 de enero del 2002, publicado en la gaceta N 29,800 del 6de junio del 2002, la reforma Derogo lo referente a la Direccion Probidad Administrativa. En su lugar, el Capitulo V se reformo por Del Enriquecimiento Ilicito .
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