Toda persona natural o juridica tiene derecho a fundar centros educativos dentro del respeto a la Constitucion y la ley. Las relaciones de trabajo entre los docentes y propietarios de las instituciones privadas, estaran regidas por las leyes educativas, sin perjuicio de los beneficios que se deriven de la legislacion laboral.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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