4.47 Se reconoce un ingreso en el estado de resultados cuando ha surgido un incremento en los beneficios
económicos futuros, relacionado con un incremento en los activos o un decremento en los pasivos, y
además el importe del ingreso puede medirse con fiabilidad. En definitiva, esto significa que tal
reconocimiento del ingreso ocurre simultáneamente al reconocimiento de incrementos de activos o
decrementos de pasivos (por ejemplo, el incremento neto de activos derivado de una venta de bienes y
servicios, o el decremento en los pasivos resultante de la renuncia al derecho de cobro por parte del
acreedor).
4.48 Los procedimientos adoptados normalmente en la práctica para reconocer ingresos, por ejemplo el
requerimiento de que los mismos deban estar acumulados (o devengados), son aplicaciones de las
condiciones para el reconocimiento fijadas en este Marco Conceptual. Generalmente, tales procedimientos
van dirigidos a restringir el reconocimiento como ingresos sólo a aquellas partidas que, pudiendo ser
medidas con fiabilidad, posean un grado de certidumbre suficiente.
Reconocimiento de gastos
Anterior
Art. 4.46. 4.46 Se reconoce un pasivo en el balance cuando sea probable que, del pago de esa obligación presente, se derive
Siguiente
Art. 4.49. 4.49 Se reconoce un gasto en el estado de resultados cuando ha surgido un decremento en los beneficios
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo