Constitucion

Artículo 47.

Texto Legal

Los partidos politicos legalmente inscritos son instituciones de derecho publico, cuya existencia y libre funcionamiento garantiza esta Constitucion y la Ley, para lograr la efectiva participacion politica de los ciudadanos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 47 del Constitucion?

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