Constitucion

Artículo 354.

Texto Legal

Los bienes fiscales o patrimoniales solamente podran ser adjudicados o enajenados a las personas y en la forma y condiciones que determinen las leyes. El Estado se reserva la potestad de establecer o modificar la demarcacion de las zonas de control y proteccion de los recursos naturales en el territorio nacional.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 354 del Constitucion?

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