El Banco Central de Honduras reglamentara y aprobara el otorgamiento de prestamos, descuentos, avales y demas operaciones de credito; comisiones, gratificaciones o bonificaciones de cualquier clase que las instituciones bancarias, financieras y aseguradoras otorguen a sus accionistas mayoritarios, directores y funcionarios. Asimismo, reglamentara y aprobara el otorgamiento de prestamos, descuentos, avales y demas operaciones de credito a las sociedades donde aquellos tengan participacion mayoritaria. Cualquier infraccion a las disposiciones de este articulo sera sancionada de acuerdo a las normas reglamentarias que el Banco Central emita, sin perjuicio de la accion de responsabilidad civil o penal a que hubiera lugar. CAPITULO III DE LA REFORMA AGRARIA
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