Constitucion

Artículo 329.

Texto Legal

El Estado promueve el desarrollo economico y social, que estara sujeto a una planificacion estrategica. La ley regulara el sistema y proceso de planificacion con la participacion de los poderes del Estado y las organizaciones politicas, economicas y sociales, debidamente representadas. Para realizar la funcion de promocion del desarrollo economico y social y complementar las acciones de los demas agentes de este desarrollo, el Estado con vision a mediano y largo plazo disenara concertadamente con la sociedad hondurena una planificacion contentiva de los objetivos precisos y los medios y mecanismos para alcanzarlos. Los planes de desarrollo de mediano y largo plazo incluiran politicas y programas estrategicos que garanticen la continuidad de su ejecucion desde su concepcion y aprobacion, hasta su conclusion. El plan de nacion, los planes de desarrollo integral y los programas incorporados en los mismos seran de obligatorio cumplimiento para los gobiernos sucesivos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 329 del Constitucion?

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