Las acciones para deducir responsabilidad civil a los servidores del Estado, prescriben en el termino de diez anos; y para deducir responsabilidad penal en el doble del tiempo senalado por la ley penal. En ambos casos, el termino de prescripcion comenzara a contarse desde la fecha en que el servidor publico haya cesado en el cargo en el cual incurrio en responsabilidad. No hay prescripcion en los casos en que por accion u omision dolosa y por motivos politicos se causare la muerte de una o mas personas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo