Constitucion

Artículo 223.

Texto Legal

El Tribunal superior de Cuentas esta integrado por tres (3) Miembros elegidos por el Congreso Nacional, con el voto favorable de las dos terceras partes del total de los diputados. Los Miembros del Tribunal Superior de Cuentas seran electos por un periodo de siete (7) anos y no podran ser reelectos. Correspondera al Congreso Nacional la eleccion del presidente del Tribunal Superior de Cuentas. Reformado mediante Decreto 268-2002 del 17 de enero de 2002 publicado en el Diario Oficial la Gaceta N 29,691 de fecha 25 de enero 2002, ratificado por Decreto 2-2002 del 25 de enero 2002, publicado en la Gaceta No. 29,800 del 6 de junio del 2002.

Preguntas Frecuentes

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