Constitucion

Artículo 20.

Texto Legal

Cualquier tratado o convencion que celebre el Poder Ejecutivo referente al territorio nacional, requerira la aprobacion del Congreso Nacional por votacion no menor de tres cuartas (3/4) partes de la totalidad de sus miembros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 20 del Constitucion?

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