Constitucion

Artículo 184.

Texto Legal

Las leyes podran ser declaradas inconstitucionales por razon de forma o de contenido. A la Corte Suprema de Justicia le compete el conocimiento y la resolucion originaria y exclusiva en la materia, y debera pronunciarse con los requisitos de las sentencias definitivas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 184 del Constitucion?

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