Constitucion

Artículo 172.

Texto Legal

Toda riqueza antropologica, arqueologica, historica y artistica de Honduras forma parte del patrimonio cultural de la nacion. La Ley establecera las normas que serviran de base para su conservacion, restauracion, mantenimiento y restitucion, en su caso. Es deber de todos los hondurenos velar por su conservacion e impedir su sustraccion. Los sitios de belleza cultural, monumentos y zonas reservadas, estaran bajo la proteccion del Estado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 172 del Constitucion?

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